El Gobierno nacional dio un paso significativo hacia la desregulación del sector aerocomercial al flexibilizar los requisitos para la operación de vuelos dentro y fuera del país. A partir de la Resolución 567/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, las aerolíneas y pilotos ya no necesitarán solicitar autorización previa para volar entre destinos locales.

En su lugar, bastará con notificar a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) a través de un simple correo electrónico. La nueva medida, denominada “Procedimiento de Información de Operación de Vuelos Regulares, No Regulares y Especiales, con punto de inicio, final o intermedio en Aeródromos de la Argentina”, busca agilizar los trámites y reducir la burocracia, fomentando una mayor libertad operativa para las empresas del sector.

Para vuelos internacionales, el proceso también se simplifica: se envía la información por correo electrónico a la ANAC, y si no hay respuesta en un plazo de cinco días, el vuelo se considera automáticamente habilitado, siempre que se cumplan los requisitos necesarios.

Este nuevo procedimiento aplica a vuelos regulares, no regulares y especiales dentro del territorio nacional, tanto para operadores aéreos locales como extranjeros. Los operadores deberán registrarse en la Dirección de Transporte Aéreo de la ANAC y utilizar un único correo electrónico para todas las notificaciones.